Se autoriza la comercialización de larvas de Tenebrio molitor como nuevo alimento

El 1 de junio se publicó el nuevo Reglamento de ejecución (UE) 2021/882 de la Comisión por el que se autoriza la comercialización de larvas de Tenebrio molitor desecadas como nuevo alimento con arreglo al Reglamento (UE) 2015/2283 del Parlamento Europeo y del Consejo y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión.

Este Reglamento considera las larvas de Tenebrio molitor como nuevo alimento, y autoriza a la empresa francesa solicitante a su comercialización en exclusividad durante 5 años, “a menos que un solicitante posterior obtenga autorización para este nuevo alimento sin hacer referencia a los datos protegidos”.

En el anexo del reglamento se especifican las condiciones en las que puede utilizarse el nuevo alimento, junto a una segunda parte donde se realiza una Descripción/definición, Características/composición, cantidades de Metales pesados permitidas, y los Criterios microbiológicos que deben cumplir.

Actualizado el 01/09/2025

AESAN evalúa dos tipos de intolerancia a la frutosa

El Comité Científico de la AESAN ha publicado un dictamen científico en el cual describe dos patologías relacionadas con la ingesta de fructosa presente en los alimentos, la intolerancia hereditaria…