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Adaptación de requisitos de higiene

El Reglamento (CE) 852/2004 permite bajo determinadas circunstancias, abordar un enfoque flexible respecto a los requisitos higiénico sanitarios, tanto en la producción primaria como en la transformación de alimentos, que se traducen en conceder excepciones o exenciones y en realizar adaptaciones de requisitos. En Euskadi, hemos desarrollado una normativa específica conocida como Flexibilización.

Paralelamente, este Reglamento excluye la aplicación del mismo al suministro directo por parte de personas productoras de pequeñas cantidades de productos primarios al consumidor final o a establecimientos locales de venta al por menor para el abastecimiento del consumidor final. Con el objetivo de establecer unos criterios que permitan cumplir con unos estándares adecuados de seguridad alimentaria, en Euskadi se estan desarrollando normativas específicas que regulen este tipo de comercialización conocida como Pequeñas cantidades.

Actualizado el 27/03/2026