La trazabilidad se define como “la posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución de un alimento, un pienso, un animal destinado a la producción de alimentos o una sustancia destinados a ser incorporados en alimentos o piensos o con probabilidad de serlo”. (Reglamento UE 178/2002, art.3).
Trazabilidad en la alimentación animal
La trazabilidad se plantea como una herramienta que permite apoyar la aplicación y la puesta en marcha de otros sistemas (ej. plan de contingencia o de retirada) que tienen como fin último el asegurar la inocuidad de los productos agroalimentarios puestos en el mercado.
La normativa establece que las empresas de piensos deberán:
- poder identificar a cualquier persona que les haya suministrado un pienso o cualquier sustancia destinada a ser incorporada en un pienso, o con probabilidad de serlo.
- poner en práctica sistemas y procedimientos para identificar a las empresas a las que hayan suministrado sus productos. Pondrán esta información a disposición de las autoridades competentes si éstas así lo solicitan.
- los piensos comercializados deberán estar adecuadamente etiquetados o identificados para facilitar su trazabilidad mediante documentación o información pertinentes. Esto quiere decir que las fábricas de piensos deberán poder identificar a sus proveedores, a sus clientes y, además, dispondrán de sistemas de registro de esta información.
Para ello, el sistema de trazabilidad de una fábrica de piensos deberá estar basado en la:
- Trazabilidad hacia atrás (relacionada con los proveedores)
- Trazabilidad interna (relacionada con el proceso de fabricación)
- Trazabilidad hacia delante (relacionada con los clientes)
Cada operador de la alimentación animal deberá tener desarrollado un sistema de trazabilidad que se adapte a sus características estructurales y de producción propias.
Etiquetado de los piensos
La regulación del etiquetado de los productos de la alimentación animal en la Unión Europea está recogida en el Reglamento (CE) nº 767/2009 sobre la comercialización y la utilización de los piensos.
En el ámbito estatal, el Real Decreto 1002/2012, establece medidas de aplicación de la normativa comunitaria en materia de comercialización y utilización de piensos y se modifica el Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos, quien regula esta cuestión.
Información de interés
- Guías sobre el etiquetado de piensos – Gobierno Vasco 2013
- Code of Practice for the labelling compound feed for food producing animals– FEFAC 2024
Actualizado el 07/05/2026
