Cereales

Higiene

El Reglamento (CE) 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios, establece las medidas de higiene aplicables a la producción primaria.

Contaminantes

Límites máximos de residuos de plaguicidas

Los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal están regulados por el Reglamento (CE) 396/2005, y posteriores modificaciones.

La utilización de los plaguicidas en las cosechas puede conllevar la presencia de residuos, esto es, restos de la utilización de un producto fitosanitario, incluidos sus metabolitos y los productos resultantes de su degradación o reacción.

En el caso de los cereales, los límites de residuos de pesticidas son los siguientes:

Límites determinados contaminantes

Las micotoxinas y metales pesados en cereales están regulados por el Reglamento (CE)2023/915 de la Comisión por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios.

Puedes consultar los contenidos máximos de  determinados contaminantes  de los cereales y alimentos a base de cereales en las tablas al final del documento del Reglamento 2023/915.

Uso sostenible de productos fitosanitarios

El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Trazabilidad

La trazabilidad es la posibilidad de encontrar y seguir el rastro de un alimento, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución y está regulado por el Reglamento 178/2002.

En el caso del cereal que se produce en una misma explotación, el agricultor deberá registrar los datos referentes al cereal, cosecha, transporte y producto almacenado durante su estancia en las instalaciones de la explotación.

Registros y Autorizaciones administrativas

El desarrollo de la actividad agrícola tiene como requisito la inscripción en determinados registros en función de las operaciones que se lleven a acabo en la explotación. Los registros más destacados son el SIEX, ROPO, RETO, ROMA e ITEAF.

Control Oficial

El Reglamento (UE) 2017/625 y el Real Decreto 562/2025 establecen las bases para la realización de los Controles Oficiales y Otras Actividades Oficiales realizados sobre la cadena agroalimentaria.

En base a estos Reglamentos, cada Estado miembro debe elaborar y aplicar un Plan Nacional Plurianual. Se podría definir como una estrategia para dar cumplimiento a las exigencias normativas en materia de seguridad y calidad de los alimentos y piensos. A nivel estatal está vigente el  Plan Nacional de Control de la Cadena Alimentaria (PNCOCA) 2026-2030

A nivel de la CAPV,  como respuesta a las especiales necesidades de coordinación entre todas las autoridades implicadas en el control oficial, se desarrolla el Plan de Control Oficial de la Cadena Agroalimentaria del País Vasco (EKOP) 2026-2030.

Sistemas de producción

Entre los sistemas de producción más implantados en la actualidad se encuentran la Producción convencional -que debe aplicar los principios de la Gestión Integrada de Plagas- la Producción Integrada, y la Producción Ecológica.

Actualizado el 01/04/2026