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Trazabilidad y etiquetado en Alimentación Animal

La trazabilidad se define como “la posibilidad de encontrar y seguir el rastro, a través de todas las etapas de producción, transformación y distribución de un alimento, un pienso, un animal destinado a la producción de alimentos o una sustancia destinados a ser incorporados en alimentos o piensos o con probabilidad de serlo”. (Reglamento UE 178/2002, art.3).

Trazabilidad en la alimentación animal

La trazabilidad se plantea como una herramienta que permite apoyar la aplicación y la puesta en marcha de otros sistemas (ej. plan de contingencia o de retirada) que tienen como fin último el asegurar la inocuidad de los productos agroalimentarios puestos en el mercado.

La normativa establece que las empresas de piensos deberán:

  • poder identificar a cualquier persona que les haya suministrado un pienso o cualquier sustancia destinada a ser incorporada en un pienso, o con probabilidad de serlo.
  • poner en práctica sistemas y procedimientos para identificar a las empresas a las que hayan suministrado sus productos. Pondrán esta información a disposición de las autoridades competentes si éstas así lo solicitan.
  • los piensos comercializados deberán estar adecuadamente etiquetados o identificados para facilitar su trazabilidad mediante documentación o información pertinentes. Esto quiere decir que las fábricas de piensos deberán poder identificar a sus proveedores, a sus clientes y, además, dispondrán de sistemas de registro de esta información.

Para ello, el sistema de trazabilidad de una fábrica de piensos deberá estar basado en la:

  • Trazabilidad hacia atrás (relacionada con los proveedores)
  • Trazabilidad interna (relacionada con el proceso de fabricación)
  • Trazabilidad hacia delante (relacionada con los clientes)

Cada operador de la alimentación animal deberá tener desarrollado un sistema de trazabilidad que se adapte a sus características estructurales y de producción propias.

Etiquetado de los piensos

La regulación del etiquetado de los productos de la alimentación animal en la Unión Europea está recogida en el Reglamento (CE) nº 767/2009 sobre la comercialización y la utilización de los piensos.

En el ámbito estatal, el Real Decreto 1002/2012, establece medidas de aplicación de la normativa comunitaria en materia de comercialización y utilización de piensos y se modifica el Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos, quien regula esta cuestión.

Información de interés

Actualizado el 07/05/2026

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