Requisitos de higiene
Con el objetivo de mantener el nivel más bajo de riesgo de contaminación de los piensos en la explotación, se deben cumplir las buenas prácticas contempladas en el Anexo III del Reglamento 183/2005, relativo a la higiene de los piensos:
- Utilizar piensos provenientes de empresas registradas y/o autorizadas.
- Mantener limpios y en buen estado los equipos de alimentación.
- Almacenar correctamente los piensos.
- Implantar un sistema de control de plagas.
- Utilizar agua de bebida de calidad adecuada.
Buenas prácticas en materia de alimentación de los animales (Anexo III R (CE) 183/2005)
Legislación de referencia
- Decreto 90/2005, de 12 de abril, de organización de los controles oficiales y de prevención de riesgos en la alimentación animal.
- Buscador de normativa ganadera – ELIKA
Registros
Hay que mantener en la explotación los registros que se detallan en la Sección III de la parte A del Anexo I del Reglamento 852/2004, de higiene de los productos alimenticios.
Uno de ellos es la naturaleza y origen de los alimentos suministrados a los animales:
- Proveedor
- Número de lote pienso/albarán
- Identificación del lote de animales a los que se administra
- Fecha administración y cantidad
- Resultados de los controles efectuados a los alimentos
Registros (Parte A Anexo I R (CE) 852/2004)
Información de interés
- Feedepedia – FAO, INRA, CIRAD
- Mapa de Riesgos en piensos – ELIKA
- Fichas sobre sustancias indeseables -ELIKA
- Informes científicos sobre riesgos en la alimentación animal – ELIKA
Actualizado el 20/02/2026
